Es oficial | El SAT inspeccionará casa por casa a los jubilados y aplicará multas a quienes no cumplan esta condición.
medida que afectará directamente a miles de jubilados y pensionados en todo México.
Se trata de la implementación de visitas domiciliarias para verificar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
Esta decisión, respaldada por el artículo 42, Fracción III del Código Fiscal de la Federación, representa un endurecimiento de la política fiscal hacia los adultos mayores que mantienen su estatus como contribuyentes.
La medida busca comprobar la veracidad de los datos proporcionados y verificar la correcta declaración de sus ingresos, desmintiendo la creencia popular de que los jubilados están exentos de la supervisión fiscal.
El artículo 42, Fracción III del Código Fiscal de la Federación permite que el organismo público tenga la potestad de presentarse en el domicilio de cualquier contribuyente, ya sea persona física o moral, cuando existan razones justificadas para verificar la información fiscal proporcionada.
Esta disposición legal no hace distinción por edad, lo que significa que los jubilados y pensionados quedan incluidos en el alcance de estas facultades de fiscalización.
Derechos de las Personas Adultas Mayores, particularmente en su artículo 5, fracción II, inciso c, que garantiza el derecho fundamental a recibir asesoría gratuita durante estos procesos.
Los jubilados y pensionados que reciban una visita domiciliaria del SAT cuentan con derechos específicos que deben ser respetados durante todo el proceso de fiscalización: derecho a ser informados clara y detalladamente sobre sus obligaciones fiscales y a recibir la Carta de Derechos del Contribuyente Auditado.
Durante la inspección, pueden corregir su situación fiscal presentando una declaración normal o complementaria en cualquier momento desde el inicio de la revisión hasta antes de que se les notifique la resolución final.
Adicionalmente, pueden solicitar la conclusión inmediata de la visita si la autoridad fiscal determina que todas sus obligaciones fueron cumplidas correctamente.
Una vez corregida su situación, tienen derecho a recibir un oficio informativo que confirme la resolución favorable en un plazo máximo de un mes después de presentar la declaración.
El SAT aplicará multas que varían según el momento en que se realice el pago de las contribuciones omitidas, estableciendo un sistema de sanciones progresivas.
Si el pensionado realiza el pago antes de la notificación del acta final, la multa ascenderá a un 20% del monto omitido. Sin embargo, si el pago se efectúa después de la notificación, pero antes de la liquidación, la sanción aumenta a 30% del monto adeudado, representando un incremento considerable en el costo total. la legislación contempla alternativas de pago que pueden beneficiar a los adultos mayores con recursos limitados.
Existe la posibilidad de solicitar el pago a plazos hasta por 36 meses o el pago diferido hasta por 12 meses, siempre que se garantice el interés fiscal correspondiente.